Vacaciones de Semana Santa y estado de alarma.

Ante la prórroga del estado de alarma, una de las dudas principales es si debe cumplirse el régimen de visitas establecido. Como siempre, debe respetarse lo que disponga el Auto o Sentencia dictado en el proceso de divorcio o de relaciones parentofiliales. Además, el desplazamiento está permitido en este caso, debiendo justificarse.

Pero en esta crítica situación, los progenitores deben reflexionar más que nunca sobre cómo protegerán mejor el interés de su hijo, y ser flexibles para lograrlo, intentando alcanzar los máximos acuerdos posibles.

Por ejemplo, si se reparten por mitad y los domicilios no están próximos, o alguno de los miembros de la familia está en cuarentena, pueden convenir que el menor pase la totalidad del periodo con el que ya se encuentre, y el año que viene con el otro. En este caso, la comunicación debe ser más frecuente con el otro progenitor.

Logrado el acuerdo, recomiendo dejar constancia escrita para seguridad de todos: sirve que los progenitores intercambien un e-mail con sus términos, confirmándolo.

Por supuesto, lo dicho no es aplicable en los casos en que exista violencia familiar, y siempre deberá atenderse a las circunstancias concretas del momento.

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