Vuelta al cole 2020 y COVID-19.

 

A partir del 4 de septiembre comienza la vuelta al cole, con la intención de que las clases vuelvan a ser presenciales.

En la grave situación sanitaria en la que nos encontramos, con el lógico miedo al contagio, muchos progenitores se preguntan si deben llevar a sus hijos al colegio. Si los menores se encuentran en enseñanza básica, normalmente entre 6 y 16 años (excepcionalmente, hasta los 18), la respuesta, con carácter general, es un rotundo sí: deben acudir a sus clases, salvo enfermedad.

La no asistencia a los centros educativos no es una opción en la enseñanza básica.

La escolarización en España es obligatoria en esa etapa, según la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899). Y mientras no se adopten otras medidas por parte de las autoridades, si los progenitores incumplen con su obligación y no llevan a sus hijos al colegio / instituto, podrán ser sancionados;  incluso se les puede llegar a retirar la patria potestad y la guarda y custodia sobre sus hijos.

Pero la situación sin precedentes que vivimos, y la más compleja que se prevé, invita a que todos actuemos con más sensatez y prudencia que nunca. Y, sobre todo, velando por el interés del menor y su derecho a la educación, que es un derecho humano fundamental.

¿Qué ocurre si el menor convive con alguien inmerso en un grupo de riesgo?

En mi opinión, justificaría la búsqueda de alternativas a las clases presenciales, pero siempre en coordinación con el centro y la autoridad correspondiente, poniendo en su conocimiento la concreta situación. El centro educativo estudiará la posibilidad de impartir las clases a distancia, o de forma semipresencial, garantizando el derecho a la enseñanza del menor.

En cualquier caso, no se deben adoptar soluciones arbitrarias, y toda decisión debe basarse en el interés del menor.

Si tiene cualquier duda, puede contactarnos en https://www.susanadonoro.es/quiere-exponerme-su-caso/

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